Colegio de Biólogos de Costa Rica

Colegio de Biólogos solicita al MINAE garantizar rigor científico y controles estrictos en reforma al Reglamento de Vida Silvestre

El Colegio de Biólogos de Costa Rica (CBCR) ha presentado formalmente ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) una serie de observaciones técnicas y jurídicas fundamentales, respecto al proyecto de reforma al Reglamento a la Ley de Conservación de Vida Silvestre.

Tras un análisis exhaustivo realizado por su Comisión de Vida Silvestre y la asesoría legal, la Junta Directiva del CBCR manifestó su profunda preocupación ante la falta de una fundamentación técnica clara en los artículos 126, 127 y 128 de la propuesta. 

Específicamente, el Artículo 126 plantea una excepción regulatoria que se limita de forma exclusiva a individuos de la familia Psittacidae (como loros y pericos) y a híbridos del género Ara (lapas). El CBCR señala que esta delimitación carece de justificación científica, excluyendo a otros grupos taxonómicos que se encuentran en igualdad de condiciones, tales como tortugas e iguanas adquiridas lícitamente antes de la normativa vigente.  

Por su parte, los Artículos 127 y 128 abordan las competencias de control, fiscalización y seguimiento de la fauna por parte del ente rector. No obstante, la propuesta actual muestra severos vacíos al omitir consecuencias claras ante eventuales incumplimientos, así como falta de protocolos específicos para garantizar el bienestar animal, y la facultad de realizar inspecciones extraordinarias por parte de las autoridades competentes.  

El Colegio enfatiza que cualquier modificación normativa que impacte la biodiversidad nacional debe estar respaldada por criterios científicos sólidos, objetivos y en apego estricto a los principios de igualdad, razonabilidad y proporcionalidad establecidos en la Constitución Política.

Principales preocupaciones técnicas

La propuesta carece de una explicación sobre el espíritu y el respaldo técnico de los artículos planteados, lo que imposibilita una valoración científico-técnica integral.

Por otro lado, se identificaron deficiencias críticas en materia de fiscalización, trazabilidad por parte del ente rector, y una ausencia preocupante de referencias a protocolos veterinarios y mecanismos de bienestar animal.

El artículo 126 propone excepciones limitadas para la familia Psittacidae e híbridos del género Ara sin una base taxonómica que incluya a otros grupos en condiciones similares, lo cual contraviene la equidad normativa.

Ante este escenario, el Colegio de Biólogos solicitó por medio de una carta oficial los siguientes aspectos: La fundamentación técnica que justifica estos cambios y establecer una mesa técnica de trabajo permanente entre el Ministerio y el Colegio de Biólogos para garantizar que la reforma sea robusta y técnicamente correcta.

“La protección y el manejo de las especies silvestres deben orientarse bajo criterios técnico-científicos, procurando el bienestar animal, la conservación y el interés público”, reiteró Ana Cecilia Chaves, presidenta del CBCR.

La propuesta de reforma sobre la tenencia de animales silvestres (adquiridos legalmente antes de 2017) no legaliza la tenencia de fauna silvestre como mascota sin la autorización de SINAC. 

Recordamos a la población que la extracción, el tráfico y la mascotización de especies silvestres continúan siendo actos ilegales y sancionables.

El CBCR reitera su compromiso con el ambiente y su disposición para colaborar con las autoridades en la consolidación de un marco normativo que proteja efectivamente nuestra riqueza natural.